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El Tribunal Supremo ha condenado a Siro Aguilar a abonar la totalidad del incentivo por absentismo a las trabajadoras que habían pedido reducción de jornada para cuidar a menores a su cargo como forma de conciliación familiar.
Según ha anunciado en un comunicado el sindicato Comisiones Obreras, que llevó el caso a los juzgados, el alto tribunal le da la razón al considerar que "era una discriminación por razón de sexo".
El sindicato ha explicado que el incentivo por absentismo está incluido en el convenio colectivo de Siro Aguilar y supone un abono de mil euros a los trabajadores que no se absenten, que la empresa realizaba de forma proporcional a las mujeres con reducción de jornada por conciliación familiar.
Comisiones Obreras expuso desde el principio que dicha proporcionalidad en base al tiempo trabajado no estaba recogida en el convenio, por lo que no se debía aplicar, ya que el incentivo está "vinculado exclusivamente a la ausencia en el trabajo".
Ya el 18 de junio de 2021 el Juzgado de lo Social de Palencia consideró "nula" dicha práctica por parte de la empresa y condenó a la empresa a abonar el incentivo de absentismo de forma completa a todo el personal que cumpliera los requisitos.
La sentencia fue recurrida por Siro Aguilar ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que el 17 de diciembre de 2021 desestimó las alegaciones de la empresa, de la misma forma que ha hecho ahora el Tribunal Supremo con el recurso de casación.
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