La alcaldesa de Palencia afirma que se solicitó la entrada de Palencia capital en esta plataforma
El Juzgado da la razón al Ayuntamiento de Palencia en el litigio por el parque de bomberos
Por su parte, la Diputación ha anunciado que estudiará la posibilidad de recurrir está decisión
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia ha procedido a desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Diputación de Palencia contra el Ayuntamiento de la capital. De esta forma, el Juzgado da la razón al consistorio en el litigio por el derecho de superficie del parque de bomberos de Palencia.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, aborda la inactividad del Ayuntamiento en la ejecución de un acuerdo plenario de 1981 que otorgaba un derecho de superficie a la Diputación provincial sobre la parcela municipal donde se construyó el parque de bomberos.
En ese pleno el Ayuntamiento de Palencia acordó ceder un derecho de superficie a la Diputación Provincial sobre una parcela de 1.891,26 m² para la construcción de un parque de bomberos cuyas obras financió la Institución provincial íntegramente con un coste de 55 millones de pesetas.
Aunque había un compromiso del Consistorio de constituir un derecho de superficie a favor de la Diputación, este acuerdo nunca se ejecutó formalmente.
El objetivo de la Diputación con la financiación de la construcción del parque de bomberos era facilitar la prestación conjunta del servicio de prevención y extinción de incendios (provincial y municipal) algo que se ha estado haciendo a través de convenios entre las dos administraciones.
Sin embargo, en 2024, a raíz de que el ayuntamiento se negara a seguir prestando el servicio en la provincia argumentando que el parque no tenía capacidad para ello, la Diputación presentó un recurso contencioso-administrativo para exigir la ejecución del acuerdo de 1981.
El juez ha desestimado el recurso interpuesto por la Diputación y detalla que, aunque inicialmente la parcela era un bien patrimonial, la construcción del parque de bomberos y su uso continuado para un servicio público durante más de 25 años ha cambiado su calificación a bien de dominio público.
Si bien es verdad, que desde 1981 hasta que se construyó el parque de bomberos (1984) podría haberse constituido el derecho de superficie porque era un bien patrimonial, a partir de la construcción, deja de serlo pasando a bien de dominio público y, por tanto, no susceptible de constituir un gravamen al ser inalienable.
Según la legislación vigente, los bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles, lo que impide la constitución de derechos de superficie sobre ellos.
El magistrado también rechaza las causas de inadmisibilidad planteadas por el Ayuntamiento, pero concluye que la negativa del Ayuntamiento a ejecutar el acuerdo de 1981 es actualmente ajustada al ordenamiento jurídico debido a la calificación actual de la parcela.
El ayuntamiento de Palencia ha valorado en un comunicado de forma positiva la sentencia en la que "se pone de manifiesto la rotundidad del pronunciamiento judicial" a favor del consistorio.
El ayuntamiento ha destacado que, como señala la sentencia, si no se constituyó el derecho real fue por la inacción de la propia Institución Provincial, quien, a pesar de los requerimientos, no supo defender su patrimonio al evidenciar que en esos años el Ayuntamiento no constituyó ese derecho.
Por su parte, la Diputación provincial ha anunciado en un comunicado que estudia presentar recurso de apelación ante Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Además ha señalado el matiz que introduce el juez que considera que nada impidió al Ayuntamiento ejecutar el acuerdo de derecho de superficie del parque de bomberos a favor de la Diputación, aunque ahora no pueda ordenar su ejecución, alegando que la imposibilidad se debe al cambio de naturaleza de bien, que ha adquirido la condición de dominio público y es la nueva naturaleza de este bien lo que impide, en el momento actual, ordenar ejecutar el acuerdo municipal.EFE
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